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La Pampa 8 de Marzo de 2025

Confirman condena tras cremar un cuerpo por una herencia en disputa

El STJ declaró inadmisible un recurso de casación presentado por Guillermo Federico Ander Egg, heredero del bioquímico Oscar Cadenas. Ordenó cremar sus restos y así evitar que se realicen las pruebas de ADN reclamadas por un piquense reconocido como único hijo biológico del fallecido.
Confirman condena tras cremar un cuerpo por una herencia en disputa

El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Guillermo Federico Ander Egg Zamboni, condenado a tres años de prisión en suspenso como autor material y penalmente responsable del delito de supresión del estado civil y de la identidad.

La defensa, a cargo de Rodrigo A. Villa, cuestionó el fallo del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) que confirmó la sentencia condenatoria dictada por la Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial. El principal argumento de la defensa fue la presunta vulneración del derecho de interrogar testigos y de obtener su comparecencia, en violación de tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Según la presentación del defensor, la condena se basó en pruebas incorporadas por lectura que, a su entender, no fueron sometidas a un debido contradictorio en el juicio oral. En particular, señaló que el TIP avaló la incorporación de documentación como informes telefónicos y registros del cementerio sin la posibilidad de interrogar a quienes los elaboraron, lo que vulneraría el principio de contradicción y afectaba el derecho de defensa de su cliente.

El caso se originó en 2020, cuando Ander Egg Zamboni realizó gestiones para trasladar y cremar los restos de sus familiares directos, incluyendo los de Oscar Rafael Cadenas. Este último era objeto de una acción de reducción de herencia y de una demanda de filiación presentada por Darío Oscar Alomar, quien sostenía ser su hijo biológico. Según la acusación, la cremación impidió la extracción de muestras para una prueba de ADN, lo que afectó el derecho de Alomar a demostrar su filiación y reclamar una parte de la herencia.

El Superior Tribunal de Justicia, al analizar el recurso, concluyó que los planteos de la defensa no lograban rebatir la argumentación del TIP y que la incorporación de la prueba documental no había generado indefensión. En su resolución, el tribunal señaló que los documentos cuestionados fueron ofrecidos e incorporados conforme a las normas del Código Procesal Penal, y que el TIP había realizado una interpretación razonable del procedimiento.

Asimismo, el fallo enfatizó que la vía casatoria no puede ser utilizada para revaluar cuestiones ya analizadas en instancias previas, especialmente cuando no se configura una afectación constitucional manifiesta. En este sentido, el tribunal sostuvo que el derecho a la revisión de la sentencia condenatoria fue garantizado en todas las etapas del proceso, conforme a los tratados internacionales de derechos humanos.

Con esta decisión, se mantiene firme la condena a Guillermo Federico Ander Egg Zamboni, uno de los hermanos mendocinos, herederos testamentarios del bioquímico Oscar Cadenas, por ordenar cremar sus restos y así evitar que se realicen las pruebas de ADN reclamadas por un piquense que se presentó ante la Justicia para ser reconocido como único hijo biológico del fallecido. El otro hermano, Alejandro Ander Egg fue absuelto.

Cabe recordar que el bioquímico Cadenas falleció en el año 2012 y dejó todos sus bienes en un testamento a nombre de sus sobrinos, los hermanos Ander Egg. El proceso de sucesión duró alrededor de 7 años, donde los herederos liquidaron todos los bienes inmuebles del profesional y se hicieron de una suma millonaria. A fines de 2019, Darío Oscar Alomar se enteró que podía ser hijo de Cadenas y recurrió a la Justicia Civil para solicitar un ADN y la "acción de reducción de herencia".

Enterados de ello y en plena pandemia, los hermanos Ander Egg tramitaron la urgente cremación de los restos del bioquímico y otros familiares que estaban en el cementerio de Pico. En la causa civil, a pesar de no poder avanzar con el ADN, en primera instancia ya dictaminó que Alomar es hijo de Cadenas, mientras que en la causa penal el juez Marcelo Pagano halló como único responsable a Guillermo Ander Egg, ya que no encontró pruebas suficientes para condenar también a su hermano Alejandro.

Guillermo Federico Ander Egg, de 56 años, fue considerado autor material y penalmente responsable del delito de "supresión del estado civil y de la identidad" y condenado a tres años de prisión en suspenso.

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